martes, 23 de octubre de 2012

Facultad de los poderes y poderes partidistas del presidente

DIVISION DE LOS PODERES Y PODERES
PARTIDISTAS DEL PRESIDENTE

Las facultades legislativas del presidente

En primer lugar el presidente no puede disolver la legislatura ni obligarla a actuar en un sentido u otro. El origen y supervivencia independientes del Congreso están “garantizados” en la constitución.

En segundo lugar, la facultad para el legislador es lo suficientemente amplia y es la que cuenta con más numero de prerrogativas.

En tercer lugar, las facultades para controlar al ejecutivo parecen ser suficientes y adecuadas para hacer efectiva la división de poderes y cumplir con el propósito contrabalancearlo.

La facultad para presentar proyectos de ley es compartida por el presidente y los legisladores federales y estatales. El derecho exclusivo de presentar proyectos de ley que se otorga al jefe del ejecutivo únicamente se refiere a la esfera presupuestaria y, conforme a esa facultad, el poder ejecutivo debe someter anualmente a la aprobación del Congreso la Ley de Ingresos, y a la Cámara de Diputados, el Presupuesto de Egresos.
                                                                                                             
El presidente de México también cuenta con facultades de decreto de diferentes tipos e importancia. El primer tipo de facultades para dictar decretos es esencialmente regulatorio.

La Constitución mexicana establece que el ejecutivo está facultado para desempeñar funciones legislativas en los casos siguientes: derechos regulatorios o reglamentarios, en estados de urgencia, respecto a cuestiones de salud, tratados internacionales y regulaciones económicas, de acuerdo con el artículo 131. Algunas de las facultades presidenciales para legislar son otorgadas directamente por la Constitución mientras que otras deben ser delegadas primero y otras están más sujetas a la ratificación o aprobación subsecuentes.

El jefe del poder ejecutivo no cuenta con otras dos facultades legislativas importantes: a) la facultad para convocar referéndum o plebiscito, y b) la facultad para convocar al Congreso a sesiones extraordinarias.



Las facultades ejecutivas del poder legislativo

En México, el ejecutivo puede nombrar y destituir libremente a la mayoría de los integrantes del gabinete y a otros colaboradores cercanos.

Existen tres categorías de facultades presidenciales de nombramiento: nombramientos para los que no existen restricciones, nombramientos para los que se requiere la aprobación del senado y nombramientos que debe hacer conforme a leyes secundarias que rigen al ejército, la marina y la fuerza aérea nacionales.

Existen tres normas que se refieren a la facultad ejecutiva del poder legislativo.

La primera es que los miembros del gabinete pueden  ser convocados por el Congreso, si ese cuerpo necesita información relacionada con las actividades de las dependencias encabezadas por ellos o cuando se está discutiendo alguna ley en particular.

Una segunda facultad ejecutiva otorgada al poder legislativo es la estipulada por los artículos 108 al 111. En el capítulo dedicado a las responsabilidades de los servidores públicos, se incluyen los delitos políticos, administrativos y penales.

En lo que respecta a cuestiones presupuestarias, el Congreso de México parece tener carta blanca (constitucional). Su facultad para aprobar, modificar o rechazar la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos le otorga una autoridad mucho mayor de la que poseen la mayoría de las legislaturas de América Latina, al tiempo que constituye un poderoso instrumento para intervenir en la determinación de la política económica. La única restricción significativa en este caso consiste en que la Constitución prescribe un presupuesto equilibrado.

En lo que respecta a la vigilancia, el Congresos está facultado para vigilar el correcto desempeño de las funciones de la Contaduría Mayor de Hacienda a través de una comisión nombrada de entre los miembros del propio Congreso: la Comisión de Vigilancia. Mediante auditorías a las dependencias gubernamentales, la Contaduría Mayor de Hacienda debe elaborar una declaración anual que confirme si el poder ejecutivo ha ejercido el Presupuesto de egresos conforme a los principios y en las cantidades establecidos en la ley.



Los poderes partidistas del presidente

Sin los poderes partidistas no está garantizada la fácil aprobación de los programas del presidente.Los poderes partidistas dependen principalmente del número de partidos en el sistema político, de las reglas electorales y de las normas internas de los partidos. En el caso de México todas estas determinantes concurren para incentivar la disciplina y la lealtad partidista al líder del partido, el presidente en turno.

En nuestro sistema hay un postulador oficial de los candidatos. El sistema no permite que los candidatos participen sin la aprobación del partido.

Los propios métodos de selección no cambiaron y que la autoridad formal ultima para postular candidatos sigue residiendo en el Comité Ejecutivo Nacional, pues ese órgano del partido es el que debe aprobar y autorizar las convocatorias para la selección de candidatos a todos los cargos de elección popular.

La falta de disciplina puede complicar y comprometer la voluntad del ejecutivo; puede poner un freno a la fuerza del presidente. Así como los partidos de la oposición ganan poder de negociación una vez que la competitividad les permite alcanzar los cargos de elección, lo mismo ocurre con los legisladores. Como ninguna otra evolución política, esta está destinada a alterar el equilibrio de las relaciones entre los poderes ejecutivo y legislativo.






































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